Los 28 aprueban la norma que permite vetar el cultivo de transgénicos
LUXEMBURGO, 12 Jun. (EUROPA PRESS) –
Los ministros de Medio Ambiente de la UE han aprobado este jueves, tras cuatro años de debates, la norma que permitirá a los Estados miembros prohibir en su territorio el cultivo de transgénicos autorizados por la UE, invocando razones como el impacto socioeconómico, el orden público, la gestión del territorio o motivos de política medioambiental y agrícola.
Un total de 26 Estados miembros, entre ellos España, han votado a favor. Sólo Bélgica y Luxemburgo se han abstenido. La directiva todavía debe ser acordada con la Eurocámara.
El objetivo de esta norma es desbloquear los procedimientos de autorización de nuevos cultivos transgénicos en la UE, que llevan años paralizados porque los Estados miembros no logran mayorías suficientes ni para vetarlos ni para aprobarlos, lo que obliga a la Comisión a asumir la decisión final. Bruselas espera que al dar libertad a cada país para cultivar o no, las aprobaciones de organismos genéticamente modificados (OGM) se desatasquen.
El acuerdo político ha sido posible después de que Reino Unido, Alemania y Francia levantaran las reservas que por distintas razones mantenían sobre la directiva.
Las negociaciones se han desbloqueado tras la fuerte polémica suscitada por el proceso de aprobación para el cultivo del maíz transgénico 1507 de Pioneer. Un total de 19 Estados miembros votaron en contra el pasado mes de febrero y sólo 5, entre ellos España, lo apoyaron. Pero al no lograr ningún bando la mayoría cualificada necesaria, la Comisión está obligada a aprobarlo, aunque aún no lo ha hecho.
El texto de compromiso aprobado por los ministros de Medio Ambiente prevé un procedimiento en dos fases cuando una empresa presente una petición para autorizar el cultivo de un transgénico. Como hasta ahora, la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, por sus siglas en inglés) evaluará los riesgos para la salud y el medio ambiente, que hasta ahora eran los únicos motivos reconocidos para prohibir un organismo genéticamente modificado en toda la UE.
En la primera fase del procedimiento, los Estados miembros podrán notificar a la Comisión que desean verse excluidos del campo geográfico en el que se permite el cultivo del transgénico en cuestión. Bruselas negociará en nombre de los países y si la compañía acepta las restricciones, propondrá que el transgénico se autorice únicamente en los países que no se oponen.
Si la empresa rechaza reducir el campo geográfico de su solicitud de autorización, en la segunda fase los Estados miembros informarán a Bruselas de los motivos que pretenden invocar para prohibir el cultivo en su territorio. Estos motivos, que pueden invocarse de forma individual o combinada, deben ser distintos a los que evalúa la EFSA. La directiva prevé una lista abierta, en la que figuran objetivos de política medioambiental o agrícola, la gestión del territorio, la utilización del suelo, el impacto socioeconómico o el orden público.
Una vez que el cultivo del transgénico reciba la autorización de la UE, los Estados miembros en cuestión podrán prohibirlo en su territorio. España es el país de la UE que más superficie dedica al cultivo de transgénicos, el 80% del total comunitario.